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2021. Novedades Fiscales en impuestos directos

El 2020 no sólo ha aportado a la Historia de España una trágica pandemia, un aumento del comercio electrónico, una mejora de las condiciones medioambientales, la suspensión de unos Juegos Olímpicos, y un parón económico para muchos sectores vinculados al ocio, viajes y turismo sino también una nueva Ley de presupuestos, la primera desde el 2016: La ley 11/2020, de Presupuestos Generales del Estado para 2021. Entre las novedades incorporadas cabe destacar las siguientes en relación a los impuestos directos:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

  • Tipo marginal del impuesto

Se introduce un nuevo tramo en la escala general del impuesto para aquellas bases liquidables generales superiores a 300.000 euros. Además, se incrementa el tipo de gravamen en dos puntos porcentuales, alcanzando el 24,50% en este último tramo de la escala Estatal.

  • Ganancia Patrimonial

Se añade un tramo a las ganancias o rentas de la base liquidable del ahorro iguales o superiores a 200.000 euros, al que se aplicará un tipo del 26%.

  • Rendimientos del trabajo

Asimismo, otro tramo es añadido a la escala de retenciones e ingresos a cuenta aplicable a los perceptores de rentas del trabajo. Así, para aquellos con una base para calcular el tipo de retención superior a 300.000€, se les aplicará un tipo de retención del 47%.

  • Sistemas de previsión social

A partir del 1.1.2021 se reduce el límite general aplicable en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social. Ahora,  el límite es el menor entre el 30% del total de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas, y la cantidad fija de 2.000. Con anterioridad, el límite era de 8.000€.

Paralelamente, las aportaciones conjuntas del empleado y empleador, en el caso de aportaciones realizadas por la empresa, incrementan su límite hasta los 10.000 euros.

Además, la reducción adicional por aportaciones a favor del cónyuge disminuye de 2.500 euros a 1.000 euros.

Impuesto sobre Sociedades

La reducción de la exención fiscal del 100% al 95%, por dividendos y rentas generados por la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes.

Sin embargo, empresas con un Importe Neto de la Cifra de Negocios inferior a 40 millones de Euros, cuando procedan de una filial,  podrán aplicar la exención 100% durante los siguientes tres años.

Impuesto sobre el Patrimonio

Se aumenta el gravamen para patrimonios de más de 10 millones de euros. El incremento es de un punto porcentual. Así, se pasa del 2,5% al 3,5%.

El Impuesto sobre el Patrimonio deviene de carácter indefinido, a consecuencia de la derogación del apartado segundo del artículo único del RD Ley 13/2011.

 

David Elvira / Imma Pinent

Bufete Maña Krier Elvira