El Reglamento (UE) 650/2012, entró en vigor el 17 de agosto de 2015 e introdujo novedades importantes para el derecho sucesorio.
Con la entrada en vigor de dicho Reglamento, deja de ser aplicable la legislación del país el cual el causante era nacional (excepto que el causante opte por este criterio a través de un testamento) y pasa a ser de aplicación la legislación en el que el causante tenga su residencia habitual en el momento del fallecimiento.
El problema que Carolin Schütze nos plantea en su ponencia, es sobre qué legislación es aplicable cuando dentro del país en el que el causante tenía su residencia habitual, en este caso España, hay conflicto territorial de leyes. Para ello, nos plantea casos prácticos.